Esta distinción  me parece oportuna para valorar la importancia,  relevancia y alcance de los tratados comerciales en el contexto de los acuerdos  internacionales. El Dr. Mora Ingeniero de la Universidad de Carabobo nos aporta  esta diferenciación. 
"Los Tratados pueden clasificarse desde  diferentes puntos de vista: Con respecto al número de Estados participantes: ·  Bilaterales: Son los que ligan a dos sujetos de derecho internacional. ·  Multilaterales: Son los concluidos entre más de dos sujetos de derecho  internacionales. Con respecto a las formas de dar consentimiento para obligarse:  · De debida forma: Son aquellos en los que la voluntad de obligarse se expresa  por un acto del jefe de Estado. · De forma simplificada: Son aquellos en los que  obliga al Estado un funcionario de categoría inferior al jefe de Estado,  mediante la sola firma. Con respecto al objeto del Tratado: Tratados de  extradición, Tratados culturales, Tratados fiscales Tratados sociales, Tratados  económicos, Tratados consulares, Tratados de amistad , Tratados de navegación  Tratados de tráfico aéreo · Tratados de Paz (Los tratados de paz forman una  clase especial que escapa a dicha clasificación, ya que, siendo su objeto  terminar todas las diferencias entre los combatientes, participan de la  naturaleza de aquellas y reúnen en sus estipulaciones pactos de todo género.)  Con respecto al tipo de obligaciones que crea la doctrina: Tratados Ley: Son  aquellos en los que existen dos o más voluntades comunes con un mismo objeto.  Tratados Contrato: Son aquellos en los que existen dos voluntades opuestas pero  complementarias, una quiere vender una cosa mientras que a otra quiere comprar  la misma cosa. Tratados constitutivos: Por los que se adquiere un derecho (de  anexión). Ó se permite sus usos (convenios estableciendo servidumbres  internacionales). Ó se determina y fija con mayor precisión que antes (tratados  de límites). Ó se declara su extinción o transmisión (tratados de cesión o de  renuncia). Tratados regulatorios: Los que determinan las relaciones de dos o más  Estados, políticas (tratados de reconocimiento) o de orden material o económico  (tratados de comercio, navegación, postales, etc. Tratados de asociación: Por lo  que dos o más Estados convienen en formar una sociedad para la consecución de un  fin común, ya para un tiempo y objetivo determinado (alianzas) ya indefinida y  limitando la soberanía de los asociados (Confederaciones y Federaciones. Con  respecto al criterio para su participación: · Tratados abiertos: Son aquellos  tratados que prevén la participación de contratantes que no han participado en  la negociación, mediante la adhesión o la firma. Este punto ha sido mencionado  anteriormente en la Gestión de los Tratados. · Tratados cerrados: Son aquellos  que permiten exclusivamente la par5ticipación de los negociadores y no prevén la  incorporación de nuevos contratantes. TIPOS DE TRATADOS Los tratados tienen  contenido político o comercial. Los políticos pueden, por ejemplo, referirse a  la mutua defensa en caso de ataques exteriores (que no serán válidos, por  supuesto, si violan la Carta de las Naciones Unidas), a la garantía y respeto de  un determinado estatus (así, se acuerda que una de las partes será considerada  neutral en una guerra concreta. También pueden referirse a la preservación de  las fronteras existentes. Los tratados comerciales regulan cuestiones  económicas, como la reducción de aranceles para los productos importados que  procedan de la otra parte del acuerdo. Más recientemente, estos tratados  contienen la llamada "cláusula de nación más favorecida", con lo que cada  signatario deberá dispensar al otro el mismo tratamiento que se haya dado ya o  se dé en el futuro a una tercera nación. El tratado multilateral más importante  de este tipo es el GATT (Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio), que  asegura igual tratamiento a los nacionales de cualquiera de los países  signatarios. Otro tipo de tratados establece el sometimiento de las disputas  entre las partes al arbitraje de tribunales especiales o de instituciones como  el Tribunal Permanente de Arbitraje o el Tribunal Internacional de  Justicia." 

 
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